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Declaración de Renta para Sociedades y Empresas en Colombia

Presentación y optimización de la declaración de renta de personas jurídicas. Cumplimiento DIAN con estrategia fiscal.

Renta Jurídicas

La renta corporativa bien declarada es su mejor herramienta de planeación

La declaración de renta de sociedades en Colombia es un proceso complejo que involucra la determinación de la renta líquida gravable, deducciones procedentes, descuentos tributarios, rentas exentas, diferencias temporarias y la liquidación del impuesto a la tarifa del 35% para el año gravable 2025.

En MACR SAS realizamos la conciliación fiscal completa, identificamos las deducciones procedentes (costos de personal, depreciaciones, intereses, donaciones), aplicamos los descuentos tributarios aplicables e incorporamos la conciliación con la contabilidad NIIF.

También manejamos el cálculo del impuesto diferido, la provisión de renta del año y la presentación de la declaración en los plazos del calendario tributario.

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¿Por qué la mayoría de las sociedades paga más renta de lo que debe?

La normativa tributaria colombiana contiene más de 80 deducciones y descuentos aplicables a personas jurídicas. Sin un análisis detallado, las empresas no los aprovechan sistemáticamente.

Adicionalmente, la conciliación entre contabilidad NIIF y base fiscal es fuente de errores que generan sanciones cuando la DIAN cruza los formatos 2517 y 2516.

  • ✓ Análisis de deducciones procedentes
  • ✓ Descuentos tributarios (industria, tecnología)
  • ✓ Conciliación NIIF vs fiscal
  • ✓ Formato 2516 conciliación fiscal

35%

Tarifa general de renta 2026

La tarifa general del impuesto sobre la renta para sociedades colombianas es del 35%. Sin planeación, muchas empresas pagan la tarifa máxima.

Nuestra Metodología

Cómo ejecutamos este servicio

1

Cierre Contable

Verificamos el cierre contable, ajustes de fin de año y la conciliación entre contabilidad financiera y fiscal.

2

Liquidación Optimizada

Determinamos la renta líquida gravable aplicando todas las deducciones y descuentos procedentes.

3

Presentación y Pago

Presentamos dentro del plazo y gestionamos el fraccionamiento del pago cuando aplica.

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Preguntas Frecuentes

Entre abril y mayo del año siguiente al gravable, según el último dígito del NIT. Las fechas exactas las publica la DIAN en el Decreto de plazos de cada año.

Sí. Las pérdidas fiscales de un período pueden compensarse con las rentas líquidas de períodos futuros sin límite temporal. Es un activo fiscal que manejamos en la planeación.

Colombia permite la declaración consolidada entre matrices y subsidiarias bajo ciertos requisitos. Lo analizamos en la planeación para determinar si genera ahorro fiscal neto.