La información exógena (popularmente conocida como medios magnéticos) es la obligación de reportar a la DIAN las operaciones realizadas durante el año con clientes, proveedores, empleados y terceros. La DIAN usa esta información para cruzar datos y detectar inconsistencias tributarias.
Los formatos exigidos incluyen: pagos a terceros (1001), ingresos (1007), descuentos (1008), origen y destino de fondos (1009), pagos al exterior (1020) y muchos más según la actividad y tamaño de la empresa.
Las sanciones por no presentar o presentar incorrectamente la exógena pueden llegar al 5% de los valores no reportados o hasta $1.100M dependiendo del incumplimiento.
Diagnóstico tributario gratuito. Respuesta en menos de 24 horas.
Agendar diagnóstico WhatsAppLa DIAN cruza automáticamente la información exógena de proveedores y clientes. Si usted reportó $100M en pagos a un proveedor y ese proveedor reportó ingresos de $80M, la DIAN genera un requerimiento automático por $20M de diferencia.
Errores en NIT, nombres, valores o formatos generan rechazos que deben corregirse con descuento de sanciones si hay plazo, o con sanción plena si el plazo ya venció.
5%
Sanción máxima sobre valores no reportados
La sanción por no reportar información exógena puede alcanzar el 5% de los valores no reportados, con topes máximos establecidos por la DIAN.
Extraemos de su contabilidad todos los datos requeridos para cada formato según su calidad de obligado.
Preparamos los archivos en los formatos técnicos exigidos y los validamos en el prevalidador DIAN.
Enviamos los archivos a través del portal MUISCA de la DIAN dentro de los plazos del calendario exógena.
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